martes, 30 de noviembre de 2010

Operaciones Bancarias

Las empresas operaciones en las entidades bancarias.Las empresas son titulares de una cuenta Corriente bancaria que les permite:
  • Hacer depósitos en efectivo
  • Depositar cheques de terceros
  • Emitir cheques para efectuar pagos a otras personas
  • Obtener prestamos
  • Pagar gastos mediante débito directo en la cuenta corriente
Documentación bancaria

La nota de crédito bancaria se usa para:
  • Efectuar los depósitos
  • anotar los préstamos bancarios
El cheque se usa para:
  • Hacer pagos
La nota de débito bancaria se usa para:
  • Anotar el pago de servicios (luz, gas, teléfono)
  • Anotar el pago de préstamos bancarios
  • Registrar los gastos bancarios
El cheque
Es un documento bancario que forma parte de un talonario denominado chequera utilizado comúnmente como medio de pago. Es una forma sencilla de pagar sin utilizar dinero en efectivo.Las chequeras son emitidas por los bancos y, para tener una, es necesario contar con una cuenta corriente en el banco emisor. Cuando un individuo utiliza una chequera como medio de pago, esta autorizando a quien lo recibe a retirar determinada cantidad de dinero de la cuenta corriente que posee en el banco que emitió la chequera.

Cobrar un cheque
Una forma común es cobrarlo por ventanilla, en el banco y sucursal indicados en el cheque.Para cobrarlo, el portador debe presentar su documento de identidad y el dinero se le entrega en el momento.
Los cheques también se pueden depositar en una cuenta corriente o caja de ahorro, el dinero se acreditará en la cuenta el 2do día hábil pasada la operación.
En la argentina cuando se deposita un cheque el banco nos retiene 6$ cada Mil pesos, este monto es entregado a la AFIP en constancia al impuesto al cheque. Los cheques tiene una fecha de pago estipulada que puede extenderse hasta 30 días corridos. Pasado ese plazo el cheque vence.

Endosar un cheque
Endosar un cheque significa transferir un cheque a otra persona. Quien transfiere un cheque debe previamente firmarlo en el dorso y colocar su nombre y apellido , número de documento y domicilio. Los cheques comunes tienen 3 endosos y los diferidos 2.

Ej: Endoso

Tipos de cheque

Al portador: Un cheque de este tipo puede ser cobrado por cualquier persona, ya sea por la ventanilla del banco emisor, o depositándolo en una cuenta bancaria(corriente o de ahorros). Algunos de estos cheques poseen la leyenda "Al portador". Estos cheques pueden transferirse sin endoso.



A la orden: En estos cheques que contienen la leyenda "A la orden", poseen en nombre de un beneficiario (Ej: Jordi Bustamante). El beneficiario del cheque puede cobrarlo o transferirlo a otra persona mediante el endoso.



No a la orden: En un cheque no a la orden figura un beneficiario y éste deberá firmarlo al dorso para cobrarlo. Este cheque no puede endosarse, sólo puede cobrarlo ese único beneficiario



Cruzado: Un cheque es cruzado cuando lleva dos líneas paralelas en el extremo superior izquierdo y solo se pueden cobrar mediante deposito en la cuenta bancaria del beneficiario.


Certificado: El cheque certificado posee adicionada una leyenda escrita por el banco en la cual se indica que la cuenta del titular tiene fondos y que además esos fondos estarán disponibles y reservados para el beneficiario por un período de 5 días.




De pago diferido: Es una orden de pago a un plazo futuro, que no puede superar los 360 días. A diferencia del cheque común se consignan dos fechas en el documento. Una cuando se firmó el cheque y otra la fecha a cobrarse éste.Un cheque de pago diferido no puede cobrarse antes de le fecha estipulada.

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Cheque cancelatorio: Este cheque es "gratuito", ya que en ningún caso los bancos podrán cobrar un costo adicional por su utilización, y podrá ser librado en pesos o en dólares estadounidenses, pero en el caso de estos últimos serán de uso exclusivo para cancelar operaciones de compraventa de inmuebles.
La entidad librará el cheque por el valor que solicite el cliente, dentro de un rango que va de 5.000 a 400.000 pesos, o de 2.500 a 100.000 dólares.
Se puede endosar 2 veces.


Operaciones básicas

Cobranzas:
Es la actividad mediante la cual se trata de percibir las sumas adeudadas por los clientes

Comprende:
  • Reclamar lo adeudado
  • Recibir el dinero o los valores que entregan los clientes
  • anotar el cobro
  • hacer el seguimiento de cobranzas
Para realizar el cobro se necesita contar un listado de las facturas pendientes de cobro y una lista de los deudores, con el saldo de cada uno y la fecha de vencimiento de sus pagos.

Los clientes pueden ser calificados mediante tres criterios:
  • Cobrables: Son aquellos cuya deuda todavía no ha llegado a su fecha de vencimiento
  • Morosos: Son aquellos que están atrasados en el pago, respecto de la fecha de vencimiento de la deuda.
  • Incobrables: Aquellos que no han pagado su deuda a pesar de haber vencido el plazo de pago y que hacen suponer que han desaparecido todas las posibilidades de cobro.
Luego de todo cobro debemos entregar a dicho cliente un recibo.

Imagen:


Pagos

La operación básica de pagos abarca un conjunto de operaciones tendientes a cancelar las deudas contraídas al hacer las compras de bienes o servicios a crédito.

Se compone de:
  • Controlar la fecha de vencimiento de los pagos
  • Verificar a quién se le debe pagar
  • Comprobar los motivos de pago
  • Hacer listados de los montos por pagar
  • Analizar el modo de hacer los pagos
  • Anotar los pagos efectuados
Como deudor debemos tener un listado de las facturas pendientes de pago, que se compara con los resúmenes de cuenta, y un listado de proveedores con el saldo de cada uno y la fecha de vencimiento del pago.
Si bien los pagos se pueden realizar en efectivo lo mas común es utilizar cheques o transferir valores, también se utilizan pagarés para diferir el pago.

Luego del pago se debe anotar en la ficha de proveedor a quién se le pago y cuánto se le pagó. Se debe saber el dinero en efectivo utilizado, eso lo anotamos en la ficha de caja, en caso de haber utilizado un cheque o pagaré nos fijamos en la ficha de banco o en libro de vencimientos.

Movimiento de fondos


El movimiento de fondos abarca las operaciones que reflejan las entradas y salidas de dinero y de valores (d
ocumentos que representan dinero)
El movimiento puede hacerse de diversas maneras.

Cobros y pagos al contado:
  • En efectivo
  • Cheques
Cobros y pagos diferidos:
  • Con pagaré
  • Con cheque diferido

Resumen de documentación utilizada:

El comprador entrega:
  • Pagare
  • Cheque común o efectivo
  • Cheque diferido
El vendedor le entrega al comprador:
  • Recibo
Imágenes:




miércoles, 24 de noviembre de 2010

Comprobantes que respaldan las operaciones.

Comprobante letra "A", es emitido por un responsable inscripto al impuesto a valor agregado y lo emite por una operacion realizada con otro responsable inscripto.
Comprobante letra "B", es emitido por un responsable inscripto al impuesto a valor agregado y lo emitte por una operacion realizada con monotributistas, sujetos excentos, no responsables, o consumidores finales y sujetos no categorizados.
Comprobante letra "C", es emitido por pequeños contribuyentes adheridos al regimen simplificado (monotributo), y sujetos excentos o no responsables ante el IVA, y lo emiten con cualquier tipo de contribuyente.
Comprobante letra "E", lo emite cualquier tipo de contribuyente y lo emite para respaldar la operacion de exportacion.

Modelo de Factura

Factura A:

Factura B:

Factura C:

Regimen de facturacion

La AFIP establecion mediante resoluciones generales la forma de facturar, es decir emitir comprobantes fiscalmente validos, y de registrar las operaciones segun el tipo de contribuyente y actividades realizadas.
Las resoluciones generales son normas dictadas por la AFIP, que permiten regular distintos aspectos tributarios y son de aplicacion obligatoria para los contribuyentes comprendidos en ellos.

Resolucion General 1415:
  • Emision de comprobantes.
  • Registracion de comprobantes emitidos y recibidos.
  • Informacion.
Para aplicar a las siguientes operaciones, compras y ventas, alquileres, prestaciones de servicios, seños o anticipos y traslado y entrega de productos.

Los sujetos obligados por esta resolucion son los sujetos que realicen en forma habitual las operaciones antes mencionadas, de acuerdo con el presente regimen que se explicara a continuacion, de forma simplificada.

la forma de emitir y entregar comprobantes fiscalmente validos como respaldo a las operaciones realizadas y/o al traslado y entrega de bienes se efectuara mediante la emision y entrega de los siguientes comprobantes.

Comprobantes que respaldan una operacion realizada.
  • Facturas.
  • Facturas de exportacion.
  • Recibos (emitidos por profecionales universitarios y demas prestadores de servicios).
  • Nota de debito y/o credito.
  • Tiques.
  • Tiquefactura (emitidos mediante controlador fiscal).
Comprobantes que No respaldan una operacion realizada.
  • Documentos no fiscales emitidos mediante controlador fiscal (talon de factura de restaurantes, bares, casas de comidas o similares).
  • Tiras de maquina de sumar o calcular.
  • Cupones de tarjetas de credito, de compra, de pago y/o debito.
  • Nota de pedido, ordenes de trabajo, presupuestos y/o documentos similares.
  • Recibos.
  • Remito guia o documentos equivalentes.
 Sistemas de emision de comprobantes.
  • Emision de comprobantes en forma manuscrita, talonario de factura, o documentos equivalentes.
  • Uso de sistemas computalizados.
  • Equipamiento electronico "Controlador fiscal".
Momento para emision y entrega de documentos.

La factura y os demas comprobantes se entregaran en los siguientes momentos:
  • Compraventa de cosas: cuando se verifique entrega o puesta a dispocision del comprador, o se persiba en forma total o parcial el precio.
  • Prestaciones de servicios y locaciones de obras y servicios: cuando se concluya la prestacion, o se persiba en forma total o parcial el precio.
  • Servicios coninuos: Se entendera aquellas prestaciones de servicios que no poseen un plazo expreso de finalizacion. Cuando superan el mes calendario, la obligacion de emitir la factura o documento equivalente nacera a la finalizadion de cada uno.
Numero de ejemplares a emitir:

Como minimo se deben emitir dos ejemplares, un original y un duplicado. El original sera entregado en todos los casos al adquiriente, prestatario o locatario, o al destinatario del bien. El duplicado quedara en poder del emisor para su procesamiento administrativo y contable.

MInisterio de Trabajo

Factura Electronica